sábado, 11 de junio de 2011

Valores importantes en cuanto a Salario Mínimo para el 2011


A continuación encontramos valores importantes a tener en cuenta para liquidar contratos laborales - año 2.011.


PRESTACIONES a cargo del Empleador

PRESTACIONESVALORDEFINICION
CESANTIAS Articulo 249 C.S.TProvisión Mensual $49.933Un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracciones de año
Intereses de CESANTIAS
Ley 52 de 1975
Provisión Mensual$5.992Intereses legales del 12% anual sobre el valor de la cesantía acumulada al 31 de diciembre de cada año
PRIMA DE SERVICIOS
Art. 306 C.S.T
Provisión Mensual $49.993Un mes de salario pagaderos por semestre calendario así:15 días el ultimo día de junio y 15 días en los primeros 20 días de diciembre de cada año
DOTACIÓN
Ley 11 de 1984, Art 7.
Un par de zapatos y un vestido de labor Entregas así: 30 de abril, 31 de agosto,20 de diciembreSe entrega a quienes devenguen hasta $1.071.200 (2 salarios mínimos mensuales).Con mas de 3 meses de servicio.

PRESTACIONES

a cargo de terceros y parafiscales

PRESTACIÓN VALORDEFINICIÓN
SALUD
Ley 1122 del 2007 Art. 10
Por salario mínimo
mes ($67.000)
Empleador:$ 45.600 Trabajador:$21.400
Desde el 1 de febrero del 2007 el 12.5% Circular No 101 MinProteccion
Empleador:8.5%Trabajador:4%
PENSIONES
Ley 797 de 2003 Art.7
Por salario mínimo
mes $ 85.800 Empleador:$64.400 Trabajador:$21.400
Cotización: 16%. Empleador:12%Trabajador:4%
Decreto 4982 de 2007
RIESGOS
PROFESIONALES
Decreto 1772 de 1994 Art 13
VALOR INICIAL
Salario Mínimo
Riesgo I:$ 2.800
Riesgo II:$ 5.600
Riesgo III:$ 13.100
Riesgo IV:$ 23.300
Riesgo V:$ 37.300
VALOR INICIAL Según Actividad Económica
Riesgo I
:0.522%
Riesgo II:
1.044%
Riesgo III:
2.436%
Riesgo IV:
4.350%
Riesgo V:
6.960%
A cargo del Empleador
APORTE
ICBF
Ley 89 de 1988
SENA
Ley 21 de 1982
Cajas de Compensación Familiar
3% ICBF
2% SENA
4% Cajas
A cargo de la empresa.
Base: Sobre los pagos que constituyan salario.
$ 48.200
Se conocen como aportes parafiscales.
SUBSIDIO FAMILIAR
Ley 21 de 1982 y
Ley 789 de 2002 Art. 3
Se paga por las Cajas de Compensación Familiar en dinero a quienes devenguen hasta $2.142.400 ( 4 salarios mínimos legales mes)
Resultante del aporte que la empresa hace a las Cajas
Suma de dinero, pagos en especie y en servicios, que paga la Caja de Compensación Familiar al trabajador

 

VACACIONES
DESCANSOVALORDEFINICIÓN
Vacaciones
Art.186 C.S.T.
Provisión mensual
$22.317
15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada año de servicios

DOMINICALES

DOMINICAL Y FESTIVOVALORDEFINICIÓN
ORDINARIA $3.905,42Si se trabaja Hora básica+75% de recargo
NOCTURNA $4.686,50Hora básica+75% recargo festivo 35% recargo nocturno

HORAS EXTRAS

HORAS EXTRAS VALORDEFINICIÓN
ORDINARIA Ley 50 de 1990 Art.24$2.789,58Valor Hora Ordinaria+25% de recargo
NOCTURNA Ley 50 de 1990 Art. 24$3.905,42Valor hora ordinaria+75% de recargo
DOMINICAL Y FESTIVO ORDINARIA$4.463,33Valor hora ordinaria+75% por festivo+25% recargo diurno
DOMINICAL Y FESTIVO NOCTURNA$5.579,17Valor hora ordinaria+75% por festivo+75% recargo nocturno
 
AUXILIO DE TRANSPORTE 2011
AUXILIOVALORDEFINICION
MES Decreto 4835/2010$63.600Se paga a quienes devenguen hasta $1.071.200 (2 salarios mínimos mes)
DIA$2.120

SALARIOSVALOR DEFINICION
Salario mínimo año 2011. Art 145 CST y Decreto 033/2011$535.600Jornada Ordinaria 48 horas semanales, 8 horas diarias. Ley 50 de 1990. Art.20
SALARIO MINIMO DIA$17.853,33Jornada Ordinaria Día 8 horas
SALARIO MINIMO HORA ORDINARIA$2.231,67Jornada ordinaria 6 a.m a 10 p.m. Ley 789 de 2002, Art. 25
SALARIO MINIMO HORA NOCTURNA Ley 50 de 1990Art. 24$3.012,75Jornada Nocturna 10p.m a 6 a.m. Valor Hora Ordinaria+35% de recargo

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