| Ley 1280 del cinco de enero de 2009 |
LEY 1280 Cinco de enero de 2009 Con fecha cinco de enero de 2009, entró en vigencia la Ley 1280 de 2009, mediante la cual se establece la Licencia por Luto . Para efectos de facilitar el análisis de la norma mencionada, a continuación se adjunta el texto de la mencionada disposición. Nota: Los aspectos mencionados en el resumen anotado, se limitan a enumerar algunos temas generales regulados en la norma. Se recomienda a los lectores, acceder al texto completo de la disposición, con el ánimo de tener información suficiente sobre el contenido integral de las nuevas directrices. DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47223. 5, ENERO, 2009. PAG. 16. LEY 1280 DE 2009 (enero 5) por la cual se adiciona el numeral 10 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y se establece la Licencia por Luto. El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo 1º. Adicionar un numeral al artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, en los siguientes términos:10. Conceder al trabajador en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles, cualquiera sea su modalidad de contratación o de vinculación laboral. La grave calamidad doméstica no incluye la Licencia por Luto que trata este numeral. Este hecho deberá demostrarse mediante documento expedido por la autoridad competente, dentro de los treinta (30) días siguientes a su ocurrencia. Parágrafo. Las EPS tendrán la obligación de prestar la asesoría psicológica a la familia. Artículo 2º. La presente ley rige a partir del momento de su publicación. El Presidente del honorable Senado de la República, Hernán Francisco Andrade Serrano. El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud. El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Germán Varón Cotrino. El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jesús Alfonso Rodríguez Camargo. |
lunes, 7 de noviembre de 2011
Licencia por luto
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